miércoles, 4 de abril de 2018

El PP se empeña en bendecir el sacrificio sangriento de los toros.


Recogida de firmas de “Mallorca sin sangre”.

El Gobierno defiende la muerte de los toros por "motivos culturales".

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) acaba de confirmar la declaración de Palma como municipio antitaurino, aprobada en julio de 2015 por el Ayuntamiento, ya que considera que debe ser entendida como “una declaración de intenciones o voluntad sin efectos jurídicos”. “No se prohíben las corridas de toros y así debe interpretarse”, afirma la sentencia del TSJIB sobre el acuerdo municipal de 2015. El consistorio palmesano recurrió después de que, en julio de 2017, un juzgado contencioso estimara parcialmente un recurso de la Fundación del Toro de Lidia contra el acuerdo aprobado por el pleno del Ayuntamiento de Palma declarando la ciudad antitaurina. El juez consideró que el punto tercero de aquella declaración sobrepasaba el planteamiento meramente ideológico para constituir un acto normativo, porque implícitamente prohibía las corridas de toros. Cort apeló alegando que ese punto anulado de la declaración únicamente “insta”, pero no prohíbe ninguna actuación a las autoridades competentes en la materia, por lo que carece de efecto normativo o jurídico. El punto tercero de la declaración antitaurina que es objeto de la controversia jurídica dice que “el Ayuntamiento de Palma manifiesta su voluntad de que no se celebren corridas de toros ni otros espectáculos donde se produzca la muerte o se infrinja estrés psicofísico a un animal en ninguna plaza de toros de Palma ni de Baleares”, según recuerda la sentencia del TSJIB.

El TSJIB recuerda que la conocida como “ley de toros a la balear”, la normativa regional carecía de regulación propia de los espectáculos taurinos y se regía por un decreto estatal de 1996. Estipulaba que debía comunicarse al delegado del Gobierno para que otorgase la preceptiva autorización, y ponerse en conocimiento del alcalde de la localidad donde fuera a celebrarse. Ese decreto era el vigente cuando Cort aprobó el acuerdo declarando la ciudad municipio antitaurino. El TSJIB asegura que el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento de Palma el 30 de julio de 2015 “debe ser entendido como una declaración de intenciones o voluntad, sin efectos jurídicos, ya que incurrirían en ilegalidad manifiesta”. Y recalca que el acuerdo es la declaración “de una postura mayoritaria de la corporación respecto a las corridas de toros que, en ningún caso, puede entenderse ni servir para adoptar decisiones tendentes a su prohibición”.

Sin embargo, el Ejecutivo de Rajoy insiste en que la ley balear ataca al Patrimonio Cultural Inmemorial y defiende  la muerte de los toros por motivos culturales. Y dice que, sin la muerte del toro en el ruedo, no hay cultura taurina. Y que, sin el sangrante sufrimiento del astado hasta ultimarlo con la espada y rematarlo con el verduguillo, ni siquiera hay “patrimonio cultural de la humanidad”. Los argumentos del Ejecutivo central (y centralista) en defensa del sacrificio sangriento de los toros en los ruedos consisten en que la ley de 2013, aprobada con la mayoría absoluta del PP, para regular la tauromaquia como “patrimonio cultural digno de protección en todo el territorio nacional”, declara “el deber” de la Administración General del Estado de “tutelar el derecho de todos a su conocimiento, acceso y libre ejercicio en sus diferentes manifestaciones”. Así pues, concluye que, si los toros bravos no fueren picados en el lomo con la lanza a caballo, mortificados con los tercios de banderillas y sableados hasta rodar por los suelos, la tauromaquia dejaría de ser culta o, si se prefiere, perdería su impronta cultural e incluso, siempre según el Gobierno, podría dejar de ser considerada patrimonio cultural inmemorial de la humanidad. De ahí la reacción de Rajoy y sus subordinados, apelando al Tribunal Constitucional para que anule la ley aprobada el 3 de agosto de 2017 por el Parlamento de las Illes Balears, que prohíbe el castigo y la muerte de los toros en los ruedos.

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