martes, 11 de noviembre de 2014

Gestha no cree en la inocencia de la infanta Cristina.


Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) discrepan de la exculpación de la Infanta Cristina de Borbón del posible delito de blanqueo de capitales.  Los Técnicos recuerdan que la sociedad Aizoon S.L. es considerada por los peritos de la Agencia Tributaria (AEAT) como una sociedad pantalla de Iñaki Urdangarín. Creen que su cometido real era ingresar parte del dinero obtenido por la Asociación Instituto Noós en contrataciones que revisten claros indicios de ser delitos de malversación de caudales públicos. Una asociación que ingresaba ganancias derivadas de supuestas contrataciones privadas y actividades profesionales de Urdangarín sin ser declarados en el IRPF.

Carlos Cruzado, presidente de Gestha, ha denunciado que la Agencia Tributaria se está negando de hecho a cooperar con el juez José Castro en su investigación sobre la infanta Cristina, al no entregar los informes “independientes” exigidos por el juez Castro, limitándose a lo que dice la Abogacía del Estado. Los técnicos de Hacienda consideran que existen indicios suficientes de la comisión de un delito contra la Hacienda Pública en el Impuesto de Sociedades de 2007 de Aizoon, al deducir como gastos tres facturas que había emitido la entidad Intuit Strategy Innovation Lab S.L. por importe de 69.990 euros por servicios totalmente inexistentes. Y consideran “difícil” entender el papel desempeñado por la infanta Cristina en Aizoon en la que, estando en régimen de separación de bienes, participaba de un capital de 3.000 euros como copropietaria al 50% junto a su marido. Los Técnicos creen que estas circunstancias son suficientes para mantener la imputación tanto en los delitos fiscales como en el de blanqueo de capitales.

Gestha recuerda que la Infanta Cristina fue vocal de Asociación Instituto Noos de Investigación Aplicada y socia de Namasté 97 SL y Aizoon SL. El notario que formalizó la constitución de Aizoon testificó que el asesor le indicó que la Infanta era un escudo fiscal, en la cual se cargaron infinidad de tickets de aparcamiento, aprovisionamiento de combustible de su vehículo y consumiciones de escasa cuantía en bares y cafeterías, gastos de numerosos hoteles y viajes al extranjero, obras de remodelación y mobiliario de su residencia en el Palacete de Pedralbes, prendas de vestir, libros y fiestas infantiles, clases de baile y contratación de empleados del hogar familiar, el contrato de alquiler de unas oficinas de Aizoon S.L. en la propia vivienda aunque se haya probado que es una sociedad pantalla sin apenas actividad y carente de personal efectivo.

Cruzado considera que a la Agencia Tributaria no le corresponde valorar si la infanta debe o no ser imputada, sino emitir un "informe independiente" con una “valoración técnico fiscal” en relación a ella, con los datos que ha solicitado el instructor de la causa y aclarar si Cristina de Borbón ha tenido participación y colaborado en que su marido cometiera delito fiscal. Añade que corresponde al juez valorar los datos y decidir si hay o no imputación. Insiste en que “la Agencia no está cumpliendo ese auxilio que el juez le pide”. Y se apunta un probable trato de favor de Hacienda a la infanta.

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