La Audiencia de Barcelona
ha condenado al subinspector de los Mossos d'Esquadra, Jordi Arasa a dos años y
cuatro meses de prisión e inhabilitación para ejercer de policía por aporrear a
indignados del 15-M durante el desalojo de la plaza Catalunya el 27 de mayo de
2011. La sentencia establece que el mosso, que fue ascendido el pasado marzo a
jefe del Área Regional de Recursos Operativos (ARRO), deberá abonar 1.560 euros
en concepto de indemnizaciones a cuatro de los denunciantes. También hacerse
cargo de cuatro quintas partes de las costas procesales.
Arasa, conocido por los
movimientos sociales de Barcelona por su dureza en las actuaciones, defendió
durante el juicio que aporreó a varios manifestantes debido a su “resistencia
activa” y para permitir que salieran los camiones de limpieza de dentro de la
plaza. Aseguró que los golpes fueron de cintura para abajo, de acuerdo con los
protocolos, pero a la vez reconoció que esto no siempre es posible. El
tribunal concluye que los golpes de porra a los manifestantes que, sentados en
el suelo de forma “pacífica”, intentaban impedir el desalojo de la acampada,
no
estaban “justificados en ningún caso”. La sentencia recoge el contexto en que
los denunciantes sufrieron las lesiones: en el caso de una chica, describe que
no estaba insultando ni agrediendo a los agentes, “sino que estaba sentada
pacíficamente hablando con sus amigas, cuando de repente y, sin necesidad de
uso de la fuerza alguna, el acusado Jordi Arasa se acercó a ella por detrás, le
cogió por los pelos y le golpeó” con la porra. Señala también que otro
manifestante estaba sentado "de forma pacífica, al igual que los que
estaban junto a él", que ningún agente le ordenó levantarse, y que Arasa
le pegó con la porra en las piernas y en la cabeza sin necesidad.
Las magistradas rechazan
como atenuante que Arasa estuviese cumpliendo con su deber profesional porque
en ninguna de las situaciones denunciadas hubo violencia por parte de los
manifestantes, y consideran que “no hay ninguna justificación ni cabe ningún
error en el acusado ya que no había ningún bien a proteger en ese momento”, por
lo que, en ningún caso, estaba justificado que usara la porra. La sentencia señala
que el lugar estaba lleno de cámaras de periodistas, y que en la causa se han
aportado una gran cantidad de vídeos y fotos como prueba: “No hay ninguno en el
que, por lo que se refiere a los hechos que nos ocupan, se observe a alguien –perjudicados
o personas que les rodearan– agredir a algún agente. Ni uno. Ni tampoco acto de
violencia, arrojar objetos a los agentes, insultos. No hay”. La querella que
inició este juicio se presentó en diciembre de 2011, con 53 denunciantes, y por
todo el tiempo en el que el proceso ha estado parado, también a causa de la
muerte del juez instructor, las magistradas añaden a la condena el atenuante de
dilaciones indebidas. La sentencia rechaza inhabilitar a Arasa para trabajar
como mosso, tal como pedían las acusaciones, pero sí queda inhabilitado para
cualquier empleo o cargo público durante el mismo tiempo que dure la condena.
Esta es la segunda
condena que recibe el inspector de los Mossos d’Esquadra por su actuación en
ese desalojo del 27 de mayo de 2011. La Audiencia de Barcelona le condenó en
2014 por una falta de lesiones al golpear de forma “desproporcionada” al luego
diputado de la CUP David Fernández. Por ello tuvo que indemnizarle con 200
euros. Pese a todo, el inspector del cuerpo del ARRO de la policía catalana, ha
anunciado que trasladará a Jordi Arasa a un nuevo destino, alejado del orden
público.
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