El
pasado martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo Reglamento de
Extranjería que tiene como principales objetivos adecuar la norma a la
situación migratoria actual, satisfacer las necesidades de nuestro mercado
laboral y de las personas migrantes, así como hacer frente al reto demográfico.
Por otra parte, el nuevo texto cumple con el derecho de la Unión Europea a
través de la transposición de directivas pendientes y la aplicación de los
reglamentos comunitarios. “Es la reforma más integral y ambiciosa que se ha
realizado en 13 años, desde su entrada en vigor en 2011”, destaca Elma Saiz, Ministra
de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones. “Representa un equilibrio entre la extensión y
protección de los derechos de las personas migrantes y el rigor jurídico y la
atención a las necesidades de España. Aporta seguridad jurídica, simplifica
trámites y protege derechos, pero además ofrece nuevas posibilidades a las
personas que hayan decidido desarrollar su proyecto de vida en España, a ellas
y a sus familias”, puntualiza.
El
nuevo texto “va a servir para combatir a las mafias, el fraude y la vulneración
de derechos”. Crea un título específico para los visados, clarifica el esquema
de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Trabaja con las asociaciones con
migrantes, con la patronal y con los sindicatos, las comunidades autónomas y
las entidades locales. Es un contexto de un largo proceso de escucha. Crea un
título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones,
los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales
van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.
Mención
específica merecen las figuras de arraigo. “Somos el único país de la Unión
Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas
día a día a través del arraigo”, explica Elma Saiz, “con 5 modalidades: el
social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es
una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento”. Se reduce el
tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos
a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el
primer momento. Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar,
que será de 5.
En
cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica
de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual
como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los
trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma
que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos.
También sus condiciones de habitabilidad
y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta
en la Seguridad Social de aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de
cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el
desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la
cosecha, etcétera).
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