El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo admite la querella contra Cristina Cifuentes.
Cientos de banderas republicanas durante las protestas tras la abdicación de Juan Carlos I, duramente reprimidas.
El pasado 13 de abril, el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo decidió admitir a trámite
la querella criminal presentada por la Coordinadora 25s contra doña Cristina
Cifuentes, Delegada del Gobierno en Madrid cuando ocurrieron los hechos, en junio
del 2014, denunciados en la referida querella. La querella se presenta por la
vulneración de los más elementales derechos democráticos durante los días del
proceso de coronación–sucesión de Juan Carlos I, por su hijo Felipe VI, cuya
abdicación se precipitó por el cúmulo de escándalos que hacían ya inevitable su
continuidad como Jefe del Estado.
La querella que además de a
Cristina Cifuentes se dirige a Alfonso Fernández Díez, Jefe Superior de
Policía en Madrid e Ignacio Cosidó Guiterrez, en el momento Director General de
la Policía, recoge el auténtico estado de sitio al que se sometió a Madrid
durante los fastos de la abdicación- coronación. En ese momento, la ciudad
se sacaron a la calle a 4.300 policías nacionales, a 2.672 guardias civiles y a
varios miles de miembros de la policía municipal, todo ello con el objetivo de
que no se pudiera expresar, en forma alguna, el menor rechazo al Régimen
monárquico en general o a las figuras de Juan Carlos I o Felipe VI en
particular.
La querella fue inicialmente presentada en el Juzgado de Instrucción nº 52 de Madrid, juzgado que, tras algunas diligencias, dictó auto de sobreseimiento y archivo provisional el 1 de septiembre de 2015. El recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, sección 5ª, fue igualmente desestimado. Asimismo el Tribunal Constitucional no la admitió a trámite por no apreciar especial relevancia constitucional en la referida querella. Fue entonces cuando, agotada la vía jurisdiccional en el Estado Español, se formuló demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este, utilizando un criterio bien diferente al de los tribunales españoles, admitió a trámite la querella. Desde algunos medios de comunicación se nos ha presentado a Cifuentes como una auténtica abanderada de la regeneración democrática. Pero corrupción no es sólo robar del erario público. También es utilizar las instituciones del Estado y muy especialmente a las fuerzas de orden público en beneficio propio y en contra de los más elementales derechos democráticos.
La querella fue inicialmente presentada en el Juzgado de Instrucción nº 52 de Madrid, juzgado que, tras algunas diligencias, dictó auto de sobreseimiento y archivo provisional el 1 de septiembre de 2015. El recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid, sección 5ª, fue igualmente desestimado. Asimismo el Tribunal Constitucional no la admitió a trámite por no apreciar especial relevancia constitucional en la referida querella. Fue entonces cuando, agotada la vía jurisdiccional en el Estado Español, se formuló demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este, utilizando un criterio bien diferente al de los tribunales españoles, admitió a trámite la querella. Desde algunos medios de comunicación se nos ha presentado a Cifuentes como una auténtica abanderada de la regeneración democrática. Pero corrupción no es sólo robar del erario público. También es utilizar las instituciones del Estado y muy especialmente a las fuerzas de orden público en beneficio propio y en contra de los más elementales derechos democráticos.
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