Pablo Hasél, absuelto de desórdenes públicos.
La Audiencia de Lleida ha
absuelto al rapero Pablo Hasél y a otras diez personas tras ser acusados de
desórdenes públicos y lesiones a agentes de Mossos d'Esquadra durante la
protesta del 25 de marzo de 2018. La sentencia constata que todos participaron
en la manifestación, que terminó con altercados, pero en las imágenes de la
jornada el tribunal “no identifica a ninguno de los acusados en actitud o
conducta penalmente antijurídica, sin perjuicio de identificar a alguno de
ellos en el seno de la manifestación”.
Los magistrados concluyen
que no hay ninguna prueba en el juicio “que permita concluir a la sala de una
actuación plural, conjunta y consciente de esa alteración de la paz pública por
los acusados”, necesaria para que haya un delito de desórdenes, ni tampoco está
probado que se pusieran de acuerdo para causar altercados. El tribunal “no duda
de que los agentes recibieran patadas y golpes, como estos refirieron”, pero no
ve probado que lo hicieran los acusados. En su declaración en el juicio, Hasél
negó haber empujado a los Mossos d'Esquadra o haber incitado a otros
manifestantes a hacerlo. La Fiscalía pedía para Hasél una condena de
cinco años y nueve meses de prisión y, para el resto de acusados, cinco años y
tres meses.
El rapero está en la
cárcel de Ponent (Lleida) desde febrero de 2021, cuando fue detenido para
cumplir la condena impuesta por la Audiencia Nacional por
enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona. Una estancia que no
le está resultando sencilla a Hasél, ya que el primer día de este año denunció
por carta el traro sanitario que recibe y la “humillación” a la que los Mossos
d'Esquadra quisieron someterlo cuando tenía que realizarse una colonoscopia.
La sentencia, notificada el
pasado viernes a las partes, considera probada que los manifestantes
consiguieron reducir el perímetro policial de seguridad provocando que los
agentes fueran retrocediendo hasta el umbral de la puerta de entrada del
edificio de la Subdelegación del Gobierno, momento en que unas salvas lanzadas
por agentes junto con una nueva carga policial dispersaron la manifestación. En
la protesta -según la sentencia- los manifestantes rompieron los plásticos
embellecedores de las furgonetas policiales del cuerpo de Mossos d'Esquadra que
se encontraban delante de la puerta, rayándolas y abollándolas, lanzaron
monedas, huevos, arroz y, realizando pintadas y rompiendo la valla de seguridad
del acceso al parking del edificio y cuatro agentes resultaron heridos.
Ninguna prueba presentada
en el juicio permite sostener que los lanzamientos de objetos “fueran
realizados por los acusados, ni que provinieran del lugar donde se encontraban
cada uno de ellos” y agrega que los daños de las furgonetas policiales no son
“atribuibles” a los acusados. La Fiscalía Provincial de Lleida pedía en sus
conclusiones tras la celebración del juicio cinco años y nueve meses de prisión
para Pablo Hasel y para los otros diez acusados entre tres meses y cinco años.
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