La Comunidad de Madrid rechaza sancionar al Obispado de Alcalá por sus terapias.
La Secretaría General
Técnica de la Consejería de Juventud y Política Social de la Comunidad de
Madrid rechaza sancionar al obispo de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Pla,
por sus terapias “para curar la homosexualidad”. Hace tres años, el obispo
desarrolló una serie de terapias en el marco del Centro de Orientación Familiar
Regina Familiar, servicio que pertenece a la diócesis de Alcalá de Henares. La
Consejería se negó a condenar al obispo tras considerar que la grabación “puede
afectar al derecho de la intimidad cuando el contenido de lo grabado afecte a
parcelas periféricas de la grabación”. La administración opinó que el derecho a
la información ejercido por un periodista podía justificar la investigación,
pero “aplicado al canon de proporcionalidad en su contraste con los derechos
fundamentales a la intimidad de las personas afectadas”. De esta forma la administración
de la Comunidad de Madrid daba por finalizada el periodo de información previa
que comenzó el 2 de abril, por el que se negava a sancionar al obispo en el
marco de la Ley de Protección Integral contra la LGTBIfobia
El diputado de Más Madrid,
Eduardo Fernández Rubiño, ha denunciado la decisión del Gobierno de Ayuso
respecto a las “mal llamadas terapias ilegales en la Comunidad de Madrid”.
Rubiño lamentó el fallo del Gobierno regional al cerrar la investigación a
pesar de las pruebas “de todo tipo”, por lo que desde su partido aseguraba que
recurrirán la sentencia. “Nosotros vamos a interponer un recurso de alzada para
que se corrija esta decisión que es completamente incomprensible”, señalaba el
diputado desde su cuenta de Twitter.
El militante del partido
de Mónica García también pidió una comparecencia de la titular de la
Consejería, Concepción Dancausa, ante el pleno para “explicar por qué se tomó
esta decisión aberrante de dejar impune una cosa tan grave como una terapia
para 'supuestamente' curar la homosexualidad”. Rubiño recordó que estas
prácticas ilegales están penadas “con hasta 45.000 euros de sanción”.
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